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El incumplimiento de la Ley LSSI puede dar lugar a sanciones económicas, que en función de su gravedad pueden ser: Sanciones Leves LSSI: hasta 30.000 euros Ejemplos: La falta de comunicación al Registro Público en que estén inscritos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9, del nombre o nombres de dominio o direcciones de internet que empleen para la prestación de servicios de la sociedad de la información. Sanciones Graves LSSI: de 30.000 a 150.000 euros Ejemplos: El envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente a destinatarios que no hayan autorizado o solicitado expresamente su remisión o el envío, en el plazo de un año, de más de 3 comunicaciones comerciales por los medios aludidos a un mismo destinatario, cuando este no hubiera solicitado o autorizado su remisión. Sanciones Muy Graves LSSI: de 150.001 a 600.000 euros Ejemplos: El incumplimiento de las órdenes dictadas en virtud del artículo 8 en aquellos supuestos en que hayan sido dictadas por un órgano administrativo.
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